16 de Enero del 2021
Para este 2021 los cánones de arrendamientos solo pueden aumentar el 1,61 por ciento, este aumento corresponde en la inflación causada en el 2020, de acuerdo a lo establecido por el artículo 20 de la ley 820 de 2003.
La Federación de Lonjas de Propiedad Raíz (Fedelonjas) señalo que, si el porcentaje de incremento es inferior, este debe establecerse entre las dos partes.
En pocas palabras, el valor del canon de arrendamiento que cobras actualmente se le debe sumar el 1,61%, este incremento se debe realizar luego de 12 meses de haber iniciado el contrato de arrendamiento o cada 12 meses después de la fecha del último incremento.
Por ejemplo, si el canon de arrendamiento de una vivienda es de $1.200.000, el incremento corresponde a 19.320 y el nuevo valor de arrendamiento será $1.219.320.
Es importante tener en cuenta que el porcentaje del canon de arrendamiento solo corresponde al arriendo de vivienda y no para otros tipos de contratos, como es el caso de oficinas o locales comerciales.
Te recomendamos realizar el proceso de arrendamiento con la asesoría de una inmobiliaria, de esta manera el arrendador y el arrendatario estarán tranquilos en la realización de estos procesos.